Trámite De Diploma De Bachiller En Humanidades
En cumplimiento al Art. 81 de la C.P.E., la Ley Nº 3991 y el D.S. Nº 0265, se establece un procedimiento normativo para cada instancia (Dirección Distrital y Departamental respectivamente) para el inicio del trámite hasta la impresión de Diplomas de Bachiller, de estudiantes que culminaron sus estudios secundarios en las Unidades Educativas de dependencia fiscal, de convenio y privada de los Subsistemas de Educación Regular y Educación Alternativa y Especial.
Requisitos para realizar este trámite
- Declaración Jurada otorgada por la Unidad Educativa, previamente verificada para luego ser firmada, por la o el interesado y la Directora (or) del establecimiento.
- C.I. Fotocopia legible.
- Certificado de Nacimiento Original.
- Libretas escolares y/o Certificados de Notas- 3° a 6° Secundaria (Regular) - Aprendizajes Comunes y Especializados (Alternativa).
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Pasos para realizar este trámite
- El interesado (a) se apersona a la Dirección de Unidad Educativa para recabar los requisitos
- La Unidad Educativa recepciona, revisa los requisitos y remite la carpeta a la Dirección Distrital de Educación en 24 hrs.
- La Dirección Distrital de Educación revisa la documentación, legaliza las libretas o certificado de estudios en un plazo de 24 hrs. y deriva los documentos a la Dirección Departamental de Educación.
- El Director Departamental de Educación, D.D.E. mediante memorándum interno remite toda la documentación a la oficina de Legalizaciones y Diplomas de Bachiller en un plazo de 24 Hrs.; recepcionada la misma en físico, se procede a verificar la misma y corroborar los datos en el Sistema de Diplomas del ME, verifica la autenticidad de la documentación del bachiller se procede a la recepción, autorización y envío a la bandeja de impresión del Diploma de Bachiller en un plazo de 48 hrs., si no existiera alguna observación o problema en el sistema.
- Una vez impreso el diploma de bachiller con el colocado de su sticker de seguridad y sello seco, se devuelve el diploma a secretaria Gral. para la firma del Director Dptal. De Educación en el día, para luego ser remitido a la Dirección Distrital respectiva.
- La Dirección Distrital procede a la firma del Diploma respectivo.
- PARA EL OPERATIVO DE FIN DE GESTIÓN, LOS BACHILLERES PRESENTAN DIRECTAMENTE SUS REQUISITOS A LA SECRETARÍA DE LA U.E.,POSTERIORMENTE A LA DIRECCIÓN DISTRITAL, PARA LUEGO DE SU REVISIÓN PASE A LA OFICINA DE DIPLOMAS (D.D.E.) PARA SU IMPRESIÓN Y ENTREGA PARA LOS ACTOS DE PROMOCIÓN.
Este trámite es gestionado por:
¿Dónde puedo realizar este trámite?
Marco legal
- ART. 91 C.P.E., LEY N°070, LEY 3991, D.S. 0265, D.S. 1302,R.M.. 0690,D.S. 1320 ,R.M. 822/201,R.M. 022/2011,R.M.,Reglamento de la Emisión gratuita de Diplomas de Bachiller, RM 001/2017,Decreto Supremo 813.
Comentarios
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